MEXICALI.– Con el objetivo de incorporar al Código Penal una nueva figura jurídica que sancione la práctica conocida como “halconeo” (entendida como la vigilancia o recopilación de información sobre instituciones de seguridad pública con fines delictivos) Diputados locales aprobaron reformas estableciendo una pena de hasta ocho años de prisión, multa y reparación del daño.
Con la reforma se establece penas de tres a ocho años de prisión, además de multas y reparación del daño, para quienes vigilen, instalen o interfieran sistemas de videovigilancia en la vía pública o en inmuebles destinados a servicios públicos, sin autorización legal y con fines de facilitar delitos o entorpecer funciones institucionales.
Asimismo, se contemplan agravantes que podrían aumentar la pena hasta en una mitad, como el uso de menores de edad, la participación de servidores públicos o el empleo de vehículos que simulen ser oficiales. También se sanciona la posesión de equipos que interfieran comunicaciones oficiales.
Cabe destacar que la reforma excluye expresamente como delito la instalación de cámaras en domicilios particulares, negocios o industrias, siempre que se ubiquen dentro de los límites de propiedad y no interfieran con sistemas públicos. Con ello, se garantiza el respeto a los derechos humanos y a la privacidad de las personas.